Organización

La organización y funcionamiento de los órganos de AUTOCONTROL se detallan en sus Estatutos, en el Código de Conducta Publicitaria de AUTOCONTROL y en el Reglamento del Jurado de la Publicidad.

En AUTOCONTROL existen cinco órganos claramente diferenciados e independientes entre sí:

ASAMBLEA GENERAL

Es el órgano de expresión de la voluntad colectiva de los asociados. Está constituida por todos los miembros de la Asociación.

JUNTA DIRECTIVA

Es el órgano encargado de la gestión y administración de la Asociación. Está integrada por un máximo de treinta y ocho miembros, que se eligen entre anunciantes, asociaciones, agencias, medios de comunicación y otras empresas que prestan servicios a la comunicación comercial.

COMITÉ EJECUTIVO

Es el órgano cuya función es dirigir la actividad cotidiana de la Asociación. Sus integrantes son designados por la Junta Directiva. Está compuesto por el Presidente, los cuatro Vicepresidentes, el Tesorero y cinco Vocales.

JURADO DE LA PUBLICIDAD

Es el órgano independiente que se encarga de resolver las reclamaciones recibidas en relación con comunicaciones comerciales.

El 25% de sus miembros son designados por la Dirección General de Consumo, el resto es nombrado por la Junta Directiva de AUTOCONTROL entre expertos independientes de los ámbitos jurídicos, comunicación y publicidad y por asociaciones de consumidores. Ninguno de ellos puede tener relación laboral con los asociados a AUTOCONTROL. Está compuesto por un Presidente, seis Vicepresidentes y veinte vocales, que pueden actuar en Pleno o en secciones. Su funcionamiento se rige por lo previsto en el Reglamento del Jurado.

Para más información sobre el funcionamiento del Jurado de la Publicidad y la presentación de reclamaciones consulte los apartados de “Reclamaciones de consumidores” y de “Reclamaciones presentadas por entidades que no sean consumidores”.

COMISIÓN DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS

Es el órgano al que corresponde, de oficio o previa denuncia de persona con interés legítimo, la adopción de los acuerdos de incoación de expediente sancionador y de archivo del mismo, así como las restantes potestades disciplinarias previstas en los Estatutos. Está formado por un Presidente y dos Vocales, designados por la Junta Directiva.