Políticas y principios generales del Sistema Interno de Información puesto en marcha por AUTOCONTROL

 

POLÍTICA Y PRINCIPIOS GENERALES

SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

Con fecha 1 de diciembre de 2023, la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL), pone en marcha su Sistema Interno de Información, dando así cumplimiento a las exigencias de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (Ley 2/2023), que se regirá por los principios generales que a continuación se enumeran y explican.

El establecimiento de este sistema tiene por objeto fundamental permitir que todos los que, dentro de un contexto laboral o profesional, tengan conocimiento de:

  • acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, en los términos del art. 2.1.a de la Ley 2/2023;
  • acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal;
  • acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción administrativa, de carácter grave o muy grave;

puedan informar al respecto, a través del Sistema Interno de Información que pone en marcha AUTOCONTROL y al que se puede acceder a través de este LINK.

Además de utilizar el Sistema Interno de Información de AUTOCONTROL, es posible informar acerca de acciones u omisiones que puedan constituir delito, infracción administrativa grave o muy grave, o infracciones del Derechos de la UE en los términos del art. 2.1.a de la Ley 2/2023, a través de canales externos de información ante las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.

El Sistema Interno de Información de AUTOCONTROL permite asimismo informar acerca de eventuales situaciones de acoso (de cualquier índole) dentro del entorno laboral, así como de acciones u omisiones que pudieran ser contrarias a:

El procedimiento de gestión de informaciones puesto en marcha por AUTOCONTROL a través de su Sistema Interno de Información, es un procedimiento que cumple con todas las garantías y requisitos necesarios para preservar debidamente la confidencialidad de todas las comunicaciones, cumpliendo la normativa de protección de datos, y permitiendo que, una vez recibida una información, se puedan iniciar los trámites necesarios para que se investiguen los hechos comunicados, sin dejar de respetar el derecho de defensa de la persona afectada por la información, así como su derecho a la presunción de inocencia y al honor. Todo ello en los términos de lo previsto en el art. 9.2 de la Ley 2/2022.

MODO DE COMUNICAR UNA INFORMACIÓN

A través del Sistema Interno de Información puesto en marcha por AUTOCONTROL, se facilita un modo sencillo, ágil y efectivo de comunicar informaciones. Este sistema permite realizar tanto comunicaciones por escrito como de palabra, así como comunicaciones anónimas.

Adicionalmente, resulta posible enviar comunicaciones por correo ordinario a la siguiente dirección: Responsable del Sistema Interno de Información de AUTOCONTROL, calle Príncipe de Vergara 109, 28002 Madrid. O por correo electrónico a la siguiente dirección: sistemainternoinformacion@autocontrol.es; a través de esta dirección de email se podría solicitar así mismo una reunión, en caso de que el informante prefiriese poder trasladar la información de manera presencial.

TRAMITACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y GARANTÍAS

Serán tramitadas todas las comunicaciones que se reciban alertando de posibles acciones u omisiones que puedan suponer delitos, infracciones administrativas graves o muy graves e infracciones del Derecho de la Unión Europea en los términos del art. 2.1.a de la Ley 2/2023; así como las que pongan de manifiesto situaciones de acoso en el entorno laboral o incumplimiento de las políticas de proveedores o de las directrices anticorrupción de AUTOCONTROL.

Todas las informaciones recibidas serán debidamente estudiadas de forma efectiva, a fin de adoptar las medidas que se estimen, en su caso, necesarias para la investigación de los hechos, sin dejar por ello de respetar el derecho a la presunción de inocencia y al honor del afectado y su derecho de defensa.

En la tramitación se respetará debidamente la confidencialidad de las comunicaciones y la identidad de los informantes, en los términos contemplados por la Ley 2/2022. En este sentido, en ningún caso la identidad del informante será revelada a la persona afectada por la información. Todos los derechos de protección de datos estarán asimismo debidamente garantizados en el marco de todo el procedimiento.
El tiempo de tramitación de las informaciones no será superior a tres meses, salvo en casos de especial complejidad que requieran una ampliación de plazo. En estos casos se establecería un plazo adicional de otros tres meses.

PROTECCIÓN DEL INFORMANTE

Tendrán derecho a la protección que contempla la Ley 2/2023, las personas que informen acerca de acciones u omisiones que puedan constituir delito, infracción administrativa grave o muy grave, o infracciones del Derechos de la UE en los términos del art. 2.1.a de la Ley.

La Ley 2/2023 busca ante todo evitar que, por el hecho de haber trasladado una comunicación, se puedan adoptar represalias contra los informantes. La Ley considera represalias, entre otras, las coacciones o intimidaciones, las evaluaciones negativas, la denegación de formación, el trato desfavorable e injusto, la suspensión del contrato de trabajo, el despido, etc.

La protección contemplada por la norma podría extenderse a las personas que hayan prestado apoyo al informante en el proceso, o a las personas allegadas al informante. Por el contrario, la Ley 2/2022 excluye de la protección conferida por la norma a las personas que comuniquen hechos que carezcan de toda verosimilitud o cuando existan indicios racionales de haberse obtenido la información mediante la comisión de un delito. Tampoco se incluirían en las medidas de protección de la Ley, entre otras, las informaciones vinculadas a reclamaciones sobre conflictos interpersonales o que afecten únicamente al informante y a las personas a las que se refiera la comunicación o revelación.