- El nuevo “Código de Conducta para la Resolución de Controversias en materia de Protección de Datos en el Sector de las Comunicaciones Electrónicas”, entrará en vigor el 17 de diciembre, y establece unos tiempos máximos de 30 días para la resolución de controversias.
- Las operadoras de telefonía de los grupos Orange, Telefónica, Vodafone y Másmóvil han promovido el Código, al que podrán adherirse nuevas entidades del sector de las comunicaciones electrónicas.
- Cuando las reclamaciones contra las entidades adheridas se planteen directamente ante la Agencia, ésta podrá trasladarlas a la Unidad de Mediación de AUTOCONTROL.
Madrid, 21 de noviembre de 2024.- La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aprobado el ‘Código de Conducta para la regulación de controversias de protección de datos en el sector de las comunicaciones electrónicas’ en el que AUTOCONTROL ha sido designado como organismo encargado de su aplicación. Este importante avance ha sido promovido por las operadoras de telefonía de los grupos Orange, Telefónica, Vodafone y MásMóvil, y representa un paso significativo hacia la autorregulación en el tratamiento de datos personales.
El propósito central del Código es establecer un procedimiento de mediación que permita a los ciudadanos y a las entidades adheridas llegar a un acuerdo, evitando la necesidad de recurrir a procedimientos administrativos o judiciales, si así lo desean. Con este fin, se introduce un mecanismo gratuito y ágil que busca ofrecer soluciones rápidas y eficaces a las reclamaciones de los usuarios y entidades adheridas.
A partir del día 17 de diciembre, AUTOCONTROL podrá recibir las reclamaciones presentadas ante la AEPD contra las entidades adheridas, para tramitarlas a través de un procedimiento de mediación, en el plazo máximo de 27 días. Además, los interesados podrán presentar directamente sus reclamaciones ante AUTOCONTROL, en cuyo caso, el plazo máximo para resolverlas será de 30 días.
Entre los motivos por los que los consumidores podrán reclamar, destacan los supuestos de usurpación de identidad, la facturación de servicios tras haber solicitado la baja o la inscripción indebida en ficheros de morosos. Como novedad, con este nuevo Código, los consumidores también podrán plantear reclamaciones relacionadas con la solicitud de supresión de datos personales de personas fallecidas o con la falta de información o transparencia en las cláusulas informativas de protección de datos que las empresas faciliten.
Esto beneficiará tanto a los usuarios como a las compañías adheridas, fortaleciendo la confianza en el sector y mejorando su reputación.
Desde AUTOCONTROL, “celebramos la aprobación de este Código como un hito en la mejora de la confianza en el sector de las comunicaciones electrónicas y reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos de los ciudadanos en materia de protección de datos.”