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La crisis sanitaria y el estado de alarma decretado por el Gobierno NO implican cambios en las reglas que regulan la publicidad de medicamentos, productos sanitarios u otros productos o servicios con declaraciones relacionadas con la salud, que siguen plenamente vigentes.
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AUTOCONTROL sigue revisando las campañas publicitarias que anunciantes, agencias y medios le envían antes de difusión.
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La mayoría de la publicidad revisada cumple las normas, pero se han detectado algunos proyectos de anuncios que han precisado modificaciones.
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El Jurado de la Publicidad mantiene su actividad y tramita todas las reclamaciones remitidas por consumidores, empresas o administraciones en relación con publicidad relacionada con la salud y de cualquier otro sector.
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Solo pueden incluirse en la publicidad declaraciones relacionadas con la salud y, por tanto, en relación con el COVID-19, en aquellos productos o servicios que legalmente lo tengan permitido y debe hacerse cumpliendo los concretos requisitos establecidos al respecto.
Madrid 31/03/2020. – La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL), el organismo español de autorregulación de la industria publicitaria española, sigue trabajando y revisando la publicidad que le es remitida voluntariamente por anunciantes, agencias y medios de comunicación durante el estado de alarma decretado por el Gobierno, y recuerda que las exigencias normativas en materia publicitaria se mantienen estos días de cuarentena sin cambios para todos los sectores, haciendo un llamamiento para que se extreme el cuidado en la publicidad relacionada con la salud y, más si cabe, en aquella en la que directa o indirectamente se vincule el uso del producto o la prestación del servicio con el COVID-19.
En este sentido, AUTOCONTROL recuerda la obligación de seguir cumpliendo durante esta crisis sanitaria con todas las normas legales y códigos de conducta vigentes que aplican a la publicidad, incluida la prohibición de generar confusión o de inducir a error a los consumidores.
Más concretamente, se recuerda que no cualquier publicidad de productos o servicios puede incluir declaraciones de propiedades sanitarias (sean estas preventivas, terapéuticas o curativas) y que, en el caso de aquellos productos o servicios autorizados a realizarlas, como puedan ser determinados medicamentos o productos sanitarios, la misma debe hacerse respetando todas las obligaciones y prohibiciones legal y deontológicamente establecidas. Por ejemplo, en el caso de los medicamentos, tal publicidad debe ajustarse a su ficha técnica.
También se recomienda extremar el cuidado en las campañas publicitarias que pretenden atribuir a productos alimenticios propiedades en relación con el sistema inmunitario, destacando la importancia de este sistema en un contexto como el actual. Es importante que estos mensajes se diseñen de forma que no se traslade un mensaje preventivo (que estaría prohibido en su caso) y que las alegaciones que se utilicen en relación con la salud se ajusten a lo dispuesto en el Reglamento comunitario 1924/2006, sobre declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en la publicidad de los productos alimenticios. Este Reglamento sólo permite el uso de determinadas declaraciones previamente autorizadas por la Comisión Europea para determinados alimentos, debiendo respetarse las concretas exigencias de uso establecidas para cada una de ellas.
Llamamiento internacional a la publicidad responsable
En estos momentos de grave crisis en los que la sociedad necesita especialmente información contrastada y veraz, AUTOCONTROL, en línea con el llamamiento que están haciendo las organizaciones de autorregulación publicitaria de carácter internacional a los que pertenece, como la European Advertising Standards Alliance (EASA) o el International Council for Advertising Self Regulation (ICAS), solicita que se extreme el cuidado en las comunicaciones comerciales que incluyan alegaciones sanitarias o alegaciones relacionadas con la salud.
Como parte de su actividad habitual, AUTOCONTROL ha revisado en estas últimas semanas anuncios de productos y servicios con alegaciones sanitarias o relacionadas con la salud. Si bien la mayoría de los proyectos de comunicaciones comerciales revisados cumplen la normativa en vigor, es cierto que, desde que comenzó la crisis sanitaria, se han detectado algunos proyectos de anuncios que, de haberse emitido con ese contenido, habrían incumplido la misma, por eso en estos casos se ha recomendado la modificación de dichos anuncios o la no difusión de los mismos. Tal es el caso de proyectos de campañas publicitarias de productos o servicios que se presentan con pretendida finalidad sanitaria o de proyectos de campañas en las que se pretenden atribuir a productos alimenticios propiedades relacionadas con el sistema inmunitario, o el reforzamiento de defensas en relación con propiedades preventivas, y en los que se hace especial hincapié en el contexto sanitario actual para su promoción, trasladando así la idea incorrecta de que el producto presenta algún tipo de beneficio con la prevención de enfermedades como el coronavirus o incumpliendo las exigencias del Reglamento sobre declaraciones nutricionales y de propiedades saludables. También en la revisión de proyectos de anuncios de productos cosméticos se ha detectado algún caso que podría estar incluyendo alegaciones que exceden de las puramente cosméticas para adentrase en el ámbito de las sanitarias.
AUTOCONTROL lleva 25 años trabajando por una publicidad responsable, colaborando con sus socios y con las Administraciones públicas para que los consumidores reciban una publicidad veraz, honesta, legal y leal. En este momento de especial sensibilidad y en el que la demanda de información y, en consecuencia, de contenidos comerciales, ha crecido para estar al tanto de todas las novedades relacionadas con la crisis sanitaria, AUTOCONTROL reitera su compromiso con estos principios básicos de la autorregulación publicitaria e insiste en la necesidad de poner especial atención al cumplimiento normativo de los contenidos comerciales para ofrecer el mejor servicio a los consumidores. La forma que tiene AUTOCONTROL de cumplir con estos objetivos es manteniendo y garantizando sus servicios habituales de informes de asesoramiento previo Copy Advice® para aquellas empresas, socias y no socias, que quieran voluntariamente verificar las campañas antes de su difusión y ofreciendo al Jurado de la Publicidad los medios necesarios para continuar tramitando las reclamaciones que por estos u otros motivos puedan recibirse.
Reclamaciones ante el Jurado de la Publicidad
El Jurado de la Publicidad mantiene desde el inicio del estado de alarma su actividad ordinaria a través de reuniones virtuales y tramita las reclamaciones que particulares, empresas o las distintas administraciones públicas presentan sobre anuncios ya emitidos o difundidos con contenidos relacionados con la salud o de cualquier otro sector que entienden que no cumple con la normativa en vigor. Como es habitual, una vez que el Jurado emite su resolución sobre la reclamación recibida, esta se hace pública para su conocimiento público en el apartado de resoluciones y dictámenes de la web de AUTOCONTROL.